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Bases de los Concursos del Carnaval 2007 y Normas de obligado cumplimiento para todos los participantes

Vie, 01/12/2006 - 00:00 -- CarnavaldeMalaga.com

Aqui os dejamos las bases del Carnaval 2007 y las Normas de obligado cumplimiento para todo el que las quiera consultar y para tenerlas a mano en caso de que necesiteis información acerca del Concurso de Agrupaciones o del Desfile, Concurso de Diosas y Dioses o cualquier otro acto referente a nuestro carnaval. 

PRIMER APARTADO: AGRUPACIONES DE CANTO
 
ARTICULO 1º. MODALIDADES, DIVISIONES E INSCRIPCION
Las agrupaciones que se inscriban en el Concurso Oficial de Agrupaciones de Canto (en adelante COAC), se encuadrarán dentro de una de las siguientes modalidades:
 
MURGAS, COMPARSAS, CUARTETOS Y COROS.
 
                A la vez, cada una de las agrupaciones tendrá que adscribirse a una de las siguientes divisiones: LOCAL o PROVINCIAL. La División será elegida libremente por cada agrupación, independientemente de la localidad de la que proceda. Dicha elección repercutirá, exclusivamente, en las Normas de Obligado Cumplimiento, que serán distintas para cada División, con distintos derechos y distintas obligaciones (que se reglamentarán en las Normas de Obligado Cumplimiento).
                Solo podrán participar en el COAC aquellas agrupaciones inscritas en tiempo y forma reglamentada; para ello, la Fundación Ciudadana del Carnaval de Málaga (en adelante FCCM) a través de sus órganos competentes, determinará y comunicará, donde y como corresponda, las fechas de apertura y cierre del registro de inscripción.
                Al solicitar la inscripción (prescripción), la FCCM facilitará al representante legal de cada agrupación, que deberá acusar el recibo, la siguiente documentación:
 
-          Boletín/Solicitud de inscripción.
-          Autorización de estreno de obra de autor.
-          Ejemplar de Normas de Obligado Cumplimiento.
-          Ejemplar de las presentes bases.
-          Ficha oficial de acceso al escenario
 
De toda la citada, y antes de que finalice el plazo establecido, deberá devolver a la FCCM solo la que sigue: solicitud de inscripción, Ficha de componentes
Donde deben figurar todos los componentes de la agrupación debidamente cumplimentada en todos sus apartados, autorización de estreno de obra de su autor, ficha de acceso al escenario debidamente cumplimentada en todos sus apartados que será entregada junto con las letras una hora antes del comienzo de las distintas fases del concurso y debe coincidir los D. N. I. Con la ficha de componentes anteriormente entregada ; Todo participante deberá presentar el D.N.I. en la entrada de camerinos. El mínimo de edad para poder participar en el COAC se establece en doce años, siendo obligatoria la presentación de una autorización paterna para los concursantes menores de dieciséis años, que no podrán ser inscritos sin la misma.
La autorización por parte del autor de estreno de obra deberá ser visada, previamente a su entrega, por la Asociación de Autores del Carnaval de Málaga, en adelante AACM, a través de los órganos que estime competentes, que serán notificados al representante legal en el momento de la pre-inscripción.
Deberá ser cumplimentada en todos sus apartados y debidamente firmada en los lugares a ello destinados por el representante legal de la agrupación, lo que implica la aceptación de las presentes (así
como de las Normas de Obligado Cumplimiento) y presupone su conocimiento previo tanto por aquél como por el resto de miembros de la agrupación.
El incumplimiento de las normas que rigen cada modalidad serán penalizadas según el artículo 25.
 
ARTICULO 2º. MURGAS.
 
2.1      Son aquellas agrupaciones carnavalescas que no están obligadas a interpretar su repertorio a más de una cuerda. Se componen de un mínimo de ocho personas y un máximo de quince.
                      Estos componentes se acompañarán de los siguientes instrumentos: bombo con sus respectivos platillos, caja, un máximo de dos guitarras españolas y pitos, con los cuales será imprescindible dar la introducción musical en pasodobles y cuplés al menos. Se permitirá el uso de otros instrumentos musicales, aunque sólo en presentación, estribillo y popurrí.
 
2.2      El repertorio estará compuesto por: presentación, dos pasodobles, dos cuplés (entendiendo siempre, y en adelante, que acompaña a cada cuplé su estribillo correspondiente para ser considerado como interpretado) y popurrí. El orden de interpretación será el mencionado anteriormente, aunque se admitirá la interpretación alternada de pasodobles y cuplés, de tal modo que el orden de interpretación sea: presentación, pasodoble, cuplé, pasodoble, cuplé y popurrí.
                       El cuplé será considerado como la composición más característica de estas agrupaciones.
                       La música de pasodoble y la de cuplé serán idénticas para las dos interpretaciones que se requieren de cada una de las composiciones citadas.
                       El citado repertorio será inédito en letra y música, a excepción de las composiciones musicales de presentación, estribillo y popurrí, en las que se podrán incluir melodías que no tengan el carácter de inédita. Su duración no podrá exceder en ningún caso de veintiocho minutos, contados desde que se alce hasta que caiga el telón. si algún grupo una vez terminado su repertorio no ha llegado a los minutos antes mencionados si lo desea puede permanecer medio minuto mas en el escenario, pasado este tiempo se le bajara el telón.
 
 
ARTICULO 3º. COMPARSAS.
 
3.1     Son aquellas agrupaciones carnavalescas que están obligadas a interpretar su repertorio a un mínimo de dos cuerdas (tenor y segunda). Se componen de un mínimo de doce personas y un máximo de diecisiete.
                      Estos componentes se acompañarán de los siguientes instrumentos: bombo con sus respectivos platillos, caja, un máximo de tres guitarras españolas y pitos, con los cuales será imprescindible dar la introducción musical en pasodobles y cuplés al menos. Se permitirá el uso de otros instrumentos musicales, aunque sólo en presentación, estribillo y popurri
 
3.2           El repertorio estará compuesto por: presentación, dos pasodobles, dos cuplés (entendiendo siempre, y en adelante, que acompaña a cada cuplé su estribillo correspondiente para ser considerado como interpretado) y popurrí. El orden de interpretación será el mencionado anteriormente, aunque se admitirá la interpretación alternada de pasodobles y cuplés, de tal modo que el orden de interpretación sea: presentación, pasodoble, cuplé, pasodoble, cuplé y popurrí.
       El pasodoble será considerado como la composición más característica de estas agrupaciones.
        La música de pasodoble y la de cuplé serán idénticas para las dos interpretaciones que se requieren de cada una de las composiciones citadas.
       El citado repertorio será inédito en letra y música, a excepción de las composiciones musicales de presentación, estribillo y popurrí, en las que se podrán incluir melodías que no tengan el carácter de inédita. Su duración no podrá exceder en ningún caso de veintiocho minutos, contados desde que se alce hasta que caiga el telón, si algún grupo una vez terminado su repertorio no ha llegado a los minutos antes mencionados si lo desea puede permanecer medio minuto mas en el escenario, pasado este tiempo se le bajara el telón .
 
 
ARTICULO 4º. CUARTETOS.
 
4.1     Son aquellas agrupaciones carnavalescas que, no estando obligadas a interpretar su repertorio a más de una cuerda, se componen de un mínimo de tres personas y un máximo de cinco.
Estos componentes se acompañarán de unas claves y pitos, con los cuales será imprescindible dar la introducción musical en, al menos, los cuplés (en los que también será admitido el uso de una guitarra española para su interpretación). Se permitirá el uso de otros instrumentos musicales, aunque sólo en estribillo y popurrí.
 
4.2    El repertorio estará compuesto por: presentación, parodia, dos cuplés (entendiendo siempre, y              en adelante, que acompaña a cada cuplé su estribillo correspondiente para ser considerado como interpretado) y popurrí. El orden de interpretación será el mencionado anteriormente.
             La parodia será considerada como la composición más característica de estas agrupaciones, y deberá ser recitada y rimada, siendo opcional el intercalado de canciones dentro de la misma.
           La música de cuplé será idéntica para las dos interpretaciones que se requieren de la composición citada.
          El citado repertorio será inédito en letra y música, a excepción de las composiciones musicales de presentación, estribillo y popurrí, en las que se podrán incluir melodías que no tengan el carácter de inédita. Además, el mismo deberá ser recitado y cantado en partes aproximadamente iguales. Su duración no podrá exceder en ningún caso de veintiocho minutos, contados desde que se alce hasta que caiga el telón. si algún grupo una vez terminado su repertorio no ha llegado a los minutos antes mencionados si lo desea puede permanecer medio minuto mas en el escenario, pasado este tiempo se le bajara el telón.
 
ARTICULO 5º. COROS.
 
5.1     Son aquellas agrupaciones carnavalescas que están obligadas a interpretar su repertorio a un mínimo de tres cuerdas (tenor, segunda y bajo). Se componen de un mínimo de quince personas y un máximo de treinta y cinco.
                      De entre estos componentes, un mínimo de tres y un máximo de diez conformarán la rondalla, y se acompañarán de instrumentos de pulso y púa: guitarra española, bandurria y laúd. Se permitirá el uso de otros instrumentos musicales por parte de cualquier componente de la agrupación, aunque sólo en presentación, estribillo y popurrí.
 
5.2     El repertorio estará compuesto por: presentación, dos tangos, dos cuplés (entendiendo siempre, y en adelante, que acompaña a cada cuplé su estribillo correspondiente para ser considerado como interpretado) y popurrí. El orden de interpretación será el mencionado anteriormente.
                       El tango será considerado como la composición más característica de estas agrupaciones.
                       La música de tango y la de cuplé serán idénticas para las dos interpretaciones que se requieren de cada una de las composiciones citadas.
                       El citado repertorio será inédito en letra y música, a excepción de las composiciones musicales de presentación, estribillo y popurrí, en las que se podrán incluir melodías que no tengan el carácter de inédita. Su duración no podrá exceder en ningún caso de veintiocho minutos, contados desde que se alce hasta que caiga el telón. si algún grupo una vez terminado su repertorio no ha llegado a los minutos antes mencionados si lo desea puede permanecer medio minuto mas en el escenario, pasado este tiempo se le bajara el telón.
 
ARTICULO 6º. TIPO.
 
                El nombre de la agrupación, el disfraz y otros complementos utilizados y la relación entre todo ello y el repertorio a interpretar, así como la intencionalidad y originalidad del conjunto conforman el Tipo.
               
                En caso de coincidencia de nombre de dos o más agrupaciones, solo se aceptará en el COAC la primera agrupación inscrita.
 
ARTICULO 7º. FIGURANTES.
 
                Serán consideradas como figurantes aquellas personas que pueden estar en el escenario durante la actuación de las agrupaciones sin cantar ni tocar instrumento alguno. Se permitirán un máximo de diez figurantes, que deberán permanecer durante toda la actuación en el escenario, no pudiendo salir a vestuarios hasta que finalice la actuación del grupo, para evitar confusión en el jurado. Queda prohibido hacer play-back por parte de los figurantes.
 
                La agrupación que inscribiendo figurantes no ejerzan como tales, será motivo de sanción.
 
ARTICULO 8º. REPRESENTANTE LEGAL.
 
                Será el único portavoz de cada agrupación ante la FCCM. Deberá ser incluido como tal en el Boletín de inscripción, aunque no estará obligado a ser componente activo de la agrupación (se hará constar claramente, cuando así ocurra, para evitar que sea enumerado como un componente más).
.La ausencia o la suplencia sin cesión de poderes del representante legal en cualquiera de los requerimientos que a continuación se relacionan se penalizarán según los artículos 25 y 26.
                Funciones y competencias:
 
8.1      Presentar la documentación requerida en el Art. 1 en plazo reglamentario, consignando siempre a la firma de la misma D.N.I. y teléfono de contacto.
 
8.2      Entregar NUEVE copias mecanografiadas y encuadernadas del repertorio a interpretar en cada una de las fases del COAC a las que cada agrupación acceda. Dicha entrega podrá hacerse efectiva en una hora antes de la hora oficial de comienzo del evento en el que se participe (Ej. Si una Preliminar o Semifinal comienza a las 22 h., el plazo de entrega sería desde las 20 a las 21 h.). La FCCM designará a las personas encargadas de efectuar la recogida de la documentación citada, dando crédito al representante legal mediante acuse de recibo.
8.3      Presentará cualquier posible reclamación ante la FCCM debidamente identificado, al igual que si la reclamación se dirige al Secretario del Jurado una vez haya comenzado el COAC.
 
8.4      Su firma será la única admitida como válida en todos los requerimientos de comprobación y confirmación que conlleven la aceptación de las Normas de Obligado Cumplimiento, en cuanto afecte al cumplimiento de las mismas o a otros actos que pudiesen adquirir carácter obligatorio para las agrupaciones participantes.
 
8.5      Si, por causa de fuerza mayor, fuese imposible la presencia del representante legal ante cualquier requerimiento, este podrá ceder los poderes a cualquier persona mediante autorización manuscrita, que se acompañará de fotocopia del D.N.I. Dicha cesión de poderes tendrá carácter temporal, y será considerada nula al extinguirse la causa de fuerza mayor que provoca la suplencia 
 
SEGUNDO APARTADO: SORTEO
 
 
ARTICULO 9º. NORMAS.
 
                La FCCM convocará a todos los representantes legales de las agrupaciones para la celebración de un sorteo donde se fijará el orden de actuación de las mismas, sorteando cada modalidad por separado.
                El orden de actuación por modalidades, en cada una de las fases del COAC, se conjugará por parte de la FCCM en función del número de agrupaciones inscritas en cada una de ellas, que fijará, además, los descansos que estime oportunos.
 
 
TERCER APARTADO: PRESENTACIONES Y ENSAYOS GENERALES
 
ARTICULO 10º. SOBRE LOS MISMOS.
 
                Antes de las presentaciones o ensayos generales no se podrá actuar ni difundir públicamente los repertorios ni podrán difundirse libretos ni grabaciones de ningún tipo (sean comerciales o no).             
Podrán ser realizados dentro de los treinta días naturales inmediatamente anteriores a la fecha de inicio del COAC.
                La FCCM recomienda a las agrupaciones que comuniquen a la misma las fechas en las que vayan a realizar las presentaciones, con el objeto de poder compatibilizar dichas fechas para que no se acumulen muchas de ellas un mismo día; se pretende con esto potenciar, mediante la pertinente publicidad, la asistencia de público a las mismas y la difusión de cada una de ellas por los distintos medios de comunicación.
 
CUARTO APARTADO: EL JURADO
 
ARTICULO 11. COMPOSICION.
 
                Se establece un jurado compuesto de: Presidente, Secretario, cinco vocales para comparsas y coros y otros cinco para murgas y cuartetos.
 
ARTICULO 12. PRESIDENTE.
 
                Será designado por la FCCM, y serán competencias suyas las que se relacionan:
 
12.1   Cumplirá y hará cumplir las presentes bases.
 
12.2   Convocará y presidirá el Jurado en todas las reuniones necesarias para el desarrollo del COAC.
 
12.3   Ordenará el comienzo y el fin de las sesiones a celebrar durante el COAC. Justificará públicamente cualquier alteración en las mismas. . No permitirá el comienzo de una actuación si, por cualquier causa, no concurriesen la totalidad de los vocales con obligación de puntuar a la agrupación que esté en escena.
 
12.4   Actuará con voz pero sin voto.
 
 
ARTICULO 13. SECRETARIO.
 
                Será designado por la FCCM, y serán competencias suyas las que se relacionan:
 
13.1   Dará fe en cuantos documentos fuese necesario.
 
13.2   Levantará acta de cualquier incidencia del COAC.
 
13.3   Auxiliará al Presidente en el exacto cumplimiento de las presentes bases.
 
13.4   Será responsable, en todo momento, de las fichas de puntuaciones y de toda la documentación.
 
13.5   Efectuará, en presencia de los miembros del Jurado, el recuento de puntuaciones otorgadas a cada agrupación, dando por cerrada cada actuación, y levantará acta de relación de puntuaciones globales de cada sesión al término de la misma.
 
13.6   Actuará sin voz ni voto.
 
13.7   Será el único portavoz ante la FCCM, los representantes legales de las agrupaciones y cualquier otra parte interesada.
 
ARTICULO 14. VOCALES.
 
                Se designarán cinco vocales para las modalidades de comparsas y coros y otros cinco para murgas y cuartetos.
 
 
14.1 Al comienzo de la actuación de cada agrupación, los Vocales del Jurado recibirán del Secretario las fichas de puntuaciones que, una vez cumplimentadas en su totalidad, finalizada la actuación en curso, serán devueltas al mismo.
 
 
ARTICULO 15. INCOMPATIBILIDADES DEL JURADO.
 
15.1 Los nombres del jurado no se hará público hasta el mismo día del comienzo de las preliminares
 
ARTICULO 16. ACTUACIONES Y DELIBERACIONES DEL JURADO.
16.1     El jurado quedara oficialmente constituido cuando concurran el Presidente, el Secretario y los diez vocales
16.2     Todas las deliberaciones del Jurado, que nunca podrán versar sobre puntuaciones ya entregadas al Secretario, tendrán carácter secreto. Si el presidente , secretario o algún miembro de la junta directiva de esta Fundación tuviera conocimiento que un miembro del jurado a filtrado puntuaciones, este será sustituido por otro que la Fundación designe , mientras se busca el sustituto, el presidente del jurado ocupara el puesto vacante.
16.3     Previa convocatoria del Secretario, el jurado se reunira para estudiar y pronunciarse sobre las posibles reclamaciones que referente al C.O.A.C, hayan sido hechas llegar al Secretario por parte de los representantes legales de la agrupaciones.
 
QUINTO APARTADO: DESARROLLO DEL CONCURSO
 
ARTICULO 17. FASES.
 
                El COAC constará de tres fases: preliminar, semifinal y final.
 
ARTICULO 18. PRELIMINAR.
 
En la misma participarán todas las agrupaciones legalmente inscritas, de acuerdo al orden establecido en sorteo.
Las agrupaciones asumirán, tras concluir su actuación, el derecho de percepción de las prestaciones o partidas compensatoria de gastos que correspondan a la División en la que se hayan inscrito, según se desarrolla en las Normas de Obligado Cumplimiento, para esta fase. Dichas cantidades serán liquidadas por la FCCM en fecha y forma comunicada por la misma a las agrupaciones una vez concluido el COAC.
 
ARTICULO 19. SEMIFINAL.
 
Participarán en esta fase un número determinado de agrupaciones (se determina en, aproximadamente, un 60 % del total de cada modalidad), en función de su puntuación total (en orden descendiente). El corte será fijado por la FCCM una vez sea oficial el número de agrupaciones debidamente inscritas y será dado a conocer a las agrupaciones antes del inicio del COAC. Si el porcentaje anteriormente indicado es insuficiente para celebrar una semifinal, la junta directiva decidirá cuantas agrupaciones pasan al mencionado encuentro.
En el caso de que exista empate entre dos o más agrupaciones que estén en la línea de corte, pasará a esta fase aquella cuya puntuación sea mayor en su composición más característica. De persistir la igualdad, se compararán entonces, hasta que se deshaga el empate y en este orden, las puntuaciones de la otra composición original (pasodoble en murgas y cuplés en comparsas, cuartetos y coros), popurrí y presentación. Si, tras el análisis de todas las puntuaciones, aún existiese equilibrio, pasarán a la siguiente fase todas las agrupaciones implicadas.
Si el jurado considerase la calidad general de alguna modalidad por debajo de la exigida por el nivel de corte, tendrá la potestad de pasar a esta fase un número de agrupaciones menor al establecido previamente.
Todas las agrupaciones tienen la obligación de cambiar la letra de sus composiciones, exceptuando presentación, estribillo y popurrí, respecto al repertorio presentado en la fase preliminar.
Las agrupaciones asumirán, tras concluir su actuación, el derecho de percepción de las prestaciones o partidas compensatoria de gastos que correspondan a la División en la que se hayan inscrito, según se desarrolla en las Normas de Obligado Cumplimiento, para esta fase. Dichas cantidades serán liquidadas por la FCCM en fecha y forma comunicada por la misma a las agrupaciones una vez concluido el COAC.
 
19.1 Las agrupaciones finalistas aceden con este punto a la convocatoria de F.C.C.M. durante los días del calendario oficial a los actos programados para las agrupaciones finalistas. Así como si fuera necesario contar con su participación en cualquier evento importante para el fomento y difusión de la fiesta durante el año (comprometiéndonos a avisar al menos con veinte días de anticipación ) fuera de fechas oficiales, ya que según el concurso sois lo más representativos del CARNAVAL DE MALAGA
 
 
ARTICULO 20. FINAL.
 
En la misma participarán las cinco agrupaciones de cada modalidad que hayan obtenido la mayor puntuación en la suma de preliminares y semifinales.
En el caso de que exista empate entre dos o más agrupaciones que estén en la línea de corte, se tomarán las normas de desempate aplicadas en la fase preliminar y semifinal. Esta norma se aplicará también, en caso de empate, para la adjudicación del resultado final y la consiguiente consecución de premio. Si, tras el análisis de todas las puntuaciones, existiese equilibrio entre grupos finalistas, se declararán tantos premios como grupos haya en la posición establecida (podrá haber, por ejemplo, dos primeros premios en caso de empate, o dos terceros, etc.).
Si el jurado considerase la calidad general de alguna modalidad por debajo de la exigida por el nivel de corte, tendrá la potestad de pasar a esta fase un número de agrupaciones menor al establecido previamente.
Todas las agrupaciones tienen la obligación de cambiar la letra de sus composiciones, exceptuando presentación, estribillo y popurrí, respecto al repertorio presentado en la fase preliminar y semifinal.
 
Todas las agrupaciones tienen la obligación de cambiar la letra de sus composiciones, exceptuando presentación, estribillo y popurrí, respecto a las fases anteriores.
 
Las agrupaciones asumirán, tras concluir su actuación, el derecho de percepción del premio que, tras la votación del Jurado, les haya sido otorgado. Dichos premio serán liquidados por la FCCM en fecha y forma comunicada por la misma a las agrupaciones una vez concluido el COAC
 
ARTICULO 21. FALLO DEL JURADO
 
Una vez concluida la fase final se abrirá un periodo de quince minutos en los que se podrán presentar las posibles reclamaciones que los representantes legales estimen, siempre que conciernan a agrupaciones finalistas, que serán resueltas de forma inmediata por el Jurado. Una vez finalizados estos trámites se hará público, mediante los cauces que la FCCM estime oportunos, el fallo del Jurado, que será inapelable, así como las posibles faltas imputadas en el transcurso de la final.
 
ARTICULO 22. PREMIOS.
 
Se establecen cinco premios por modalidad, consistentes en trofeo y cantidad económica a determinar y publicar por la FCCM antes del inicio del COAC.
 
SEXTO APARTADO: PUNTUACION
 
ARTICULO 23. SOBRE LAS MISMAS.
 
Las fichas de puntuación que el Secretario del Jurado entregará a cada Vocal para su debida y total cumplimentación.
 
Las puntuaciones referidas serán a razón de una por Vocal en cada fase del COAC. La puntuación más alta y la más baja se eliminarán, siendo la puntuación total la suma de las tres restantes.
 
                Todas las puntuaciones serán acumulativas (preliminares, semifinales y final).
               
Todas las puntuaciones serán hechas públicas en plazo y forma, a determinar por la FCCM, en un plazo máximo de treinta días a partir de la publicación del fallo del Jurado.
 
 
SEPTIMO APARTADO. GRUPOS DE DESFILE
 
BASES DE GRUPOS DE DESFILES A PIE
 
INSCRIPCION: Al solicitar la inscripción la F.C.C.M. facilitara al representante legal de cada grupo que deberá acusar recibo de la siguiente documentación:
                1º Boletín –solicitud de inscripción
                2º Ejemplar de normar de obligado cumplimiento
                3º Ejemplar de las presentes bases
                4º Ficha de componentes
 
TODA ESTA INFORMACION DEBERA DEVOLVERSE A LA FUNDACION ANTES DE QUE FINALICE EL PLAZO ESTABLECIDO
 
ART, 1º
 
DESFINICION: Los grupos de desfile a pie estarán compuestos de un mínimo de 15 componentes pudiendo ser estos femeninos o masculinos mixto y menores mixto acompañados de adultos.
Los menores podrán participar con los adultos no existiendo impedimento alguno. No obstante cuando los componentes del Grupo de desfile de a pie sean totalmente menores de edad cada grupo contara con dos personas adultas responsables que asumirán las obligaciones y derechos de conformidad a los establecidos en estas bases.
 
INSTRUMENTOS: Los grupos de desfile a pie deberán de acompañarse de todos los instrumentos musicales que deseen siendo indispensable pito y bombo.
 
REPERTORIO: Los grupos deberán interpretar canciones y músicas carnavalescas pasacalles y otros ritmos durante el desfile en los demás actos organizados por la Fundación durante las FIESTAS DEL CARNAVAL
 
NOTA: Se tendrán en cuenta la categoría y los méritos del disfraz, la participación activa y ambientación carnavalesca, la coreografía movilidad y música ambiental en todos los actos que se participe.
 
El concurso de Grupos de Desfile se hará en la pasarela instalada en calle Larios para tal fin.
 
OCTAVO APARTADO DIOSES
 
BASES PARA EL DIOS MOMO Y DIOSA DEL CARNAVAL
 
INSCRIPCION: Al solicitar la inscripción la F.C.C.M. facilitara al representante legal de cada grupo que deberá acusar recibo de la siguiente documentación:
                1º Boletín –solicitud de inscripción
                2º Ejemplar de normar de obligado cumplimiento
                3º Ejemplar de las presentes bases
                4º Ficha de componente
 
TODA ESTA INFORMACION DEBERA DEVOLVERSE A LA FUNDACION ANTES DE QUE FINALICE EL PLAZO ESTABLECIDO
 
A)     DEFINICION: El Dios Momo es el símbolo del Carnaval como antiguo mitológico “Dios de la risa” representa con figura humana a todo el contenido fisiológico y existencial del carnaval. Por su carácter de dios mitológico esta revestido de grandeza y por su condición de hacer reír esta tocado de cierto aire grotesco.
Es importante que señale y diferencien con su disfraz su condición de REY del Carnaval en su porte masculinidad y majestad exista una diferencia obvia con la Diosa del Carnaval.
 
La diosa del carnaval es la representación exuberante de la mujer en donde la belleza el atractivo y la sensualidad intervienen como factor determinante y exista un realce de feminidad en su disfraz que la diferencia claramente del Dios Momo.
 
B)      PRESELECCION: Se llevara a cabo por parte de la Fundación del Carnaval una preselección tanto de dioses momo como de diosas del carnaval en el lugar y la hora que se designe.
 
C)      CONDICIONES DEL CONCURSO: Los concursantes podrán ser presentados por la Junta de Distrito Asociaciones Peñas Establecimientos Comerciales otros colectivos e incluso a titulo particular
 
La fecha limite de inscripción en la Fundación C. del Carnaval ira al final de las bases
 
La presentación de los seleccionados se realizara en el lugar que la fundación designe es obligada la asistencia de los concursantes a cuantos actos sean requeridos por la Fundación Ciudadana del Carnaval y deben aceptar las normas de obligado a cumplimiento.
 
La edad mínima de los participantes es de 16 años siempre que tengan autorización paterna.
 
LOS TRAJES: Los trajes presentados en la preselección serán los mismos con los que concursaran en la final
 
Prohibiéndose retoque o cualquier alteración de los mismos
 
La valoración de los disfraces estará determinada no solo por su belleza sino por otros conceptos entre los que destacaran la laboriosidad colorido originalidad elegancia y ligereza en sus movimientos
 
En tal sentido se establecen las siguientes normas
. las dimensiones máximas serán hasta un máximo de 4 metros
. es obligatorio la movilidad por el escenario o pasarela de los mismos
. los trajes se presentaran siempre completos en todos los actos que requieran la fundación ciudadana del carnaval de Málaga. Si no serán penalizados con la sanción que la FCCM estime.
 
Todo participante deberá llevar un CD con la música con la que desea presentar su fantasía.
 
4º Todo participante (diseñador) que se inscriba y no presente el traje completo y debidamente confeccionado será penalizado con no participar en este concurso ni en otra modalidad similar (léase Drag Queen, etc.) durante dos años
 
5º Todo participante podrá llevar dos personas como acompañantes, incluyéndolos en la ficha     de inscripción.
 
 
NOVENO APARTADO DE PRINCIPES
 
INSCRIPCION: Al solicitar la inscripción la F.C.C.M. facilitara al representante legal de cada grupo que deberá acusar recibo de la siguiente documentación:
                1º Boletín –solicitud de inscripción
                2º Ejemplar de normar de obligado cumplimiento
                3º Ejemplar de las presentes bases
                4º Ficha de componentes
 
 
TODA ESTA INFORMACION DEBERA DEVOLVERSE A LA FUNDACION ANTES DE QUE FINALICE EL PLAZO ESTABLECIDO
 
1º los príncipes del carnaval se encolaban en apartados de Dioses llenando las franjas de edad desde los 12 a los 17 años.
2º el príncipe iría en importancia justamente detrás del Dios Momo y la Princesa seguidamente de la Diosa.
3º Los participantes se ajustaran a las bases de los Dioses, excepto las medidas del disfraz que quedan establecidas a un máximo de dos metros de envergadura deben distinguirse muy claramente los diseños de Príncipe (hombre) y de Princesa (mujer)
 
4º Todo participante (diseñador) que se inscriba y no presente el traje completo y debidamente confeccionado será penalizado con no participar en este concurso ni en otra modalidad similar (léase Drag Queen, etc.) durante dos años
5º Todo participante podrá llevar dos personas como acompañantes, incluyéndolos en la ficha     de inscripción.
 
DECIMO APARTADO DIOSES INFANTILES
 
1º Los Dioses infantiles se engloban en el apartado de Dioses de Carnaval y son los representantes máximos de los niños en la fiesta e iría en importancia justamente detrás de los Príncipes.
2º Las bases de este concurso la difunde la firma colaboradora de la F.C.C.M (El Corte Ingles)
3º Los premiados tienen que aceptar las bases de obligado a cumplimiento ya que son imprescindible para todo los concursos de la fiesta y de esa forma se le podrá dar orden día y actos obligatorios que deben de asistir.
 
 
     UNDECIMO: APARTADO DRAG QUEEN
 
INSCRIPCION: Al solicitar la inscripción la F.C.C.M. facilitara al representante legal de cada grupo que deberá acusar recibo de la siguiente documentación:
                1º Boletín –solicitud de inscripción
                2º Ejemplar de normar de obligado cumplimiento
                3º Ejemplar de las presentes bases
                4º Ficha de componentes
 
TODA ESTA INFORMACION DEBERA DEVOLVERSE A LA FUNDACION ANTES DE QUE FINALICE EL PLAZO ESTABLECIDO
 
1.        En Drag Queen es importante que resalte su disfraz, la imaginación, la belleza y el maquillaje, realzando su factor artístico en la puesta en escena.
2.        Preselección. Se llevara a cabo por parte de la fundación ciudadana del Carnaval en el lugar y la hora que se designe.
3.        Los participantes podrán sé representados por asociaciones, peñas, junta de distrito otros colectivos y particulares.
4.        La fecha límite de inscripción sé la que designe la fundación, con sede en calle Pasaje Calderón y Cubero s/n de esta ciudad.
5.        Es obligada la asistencia de los participantes a cuantos actos sean requeridos por esta fundación.
6.        La edad mínima para su participación es de 18 años.
7.        La valoración de los disfraces estará determinada no-solo por su belleza, sino por otros conceptos a la hora de presentarlos en pasarela o escenario (originalidad, movilidad y expresividad).                         establecerán tres premios.
8.    Al inscribirse se entregara a cada uno de los participantes un ejemplar de bases.
9         Todo participante deberá llevar un CD con la música que desea presentar y no excederá de 5 minutos.
10      El veredicto del jurado será inapelable.
11      Todo participante que falte a algunos de los puntos mencionados, será penalizado total o parcialmente con el premio, también se sancionara la falta de puntualidad a cualquier acto en el que se haya requerido.
 
 
 
 
12º Todo participante (diseñador) que se inscriba y no-presente el traje completo y debidamente confeccionado será penalizado con no participar en este concurso ni en otra modalidad similar (léase Dios, Diosa, etc.) durante dos años.
 
13 º Todo participante podrá llevar dos personas como acompañantes, incluyéndolos en la ficha     de inscripción.
 
Para poder concursar en cualquier modalidad establecida por esta Fundación, deberá haber un mínimo de 3 de la misma modalidad.
 
DUODECIMO APARTADO: FALTAS Y PENALIZACIONES
 
ARTICULO 24. TIPOS DE FALTAS Y PENALIZACIONES.
 
                Se establecen tres tipos de faltas a imputar durante el desarrollo del COAC: leve, grave o muy grave. Estas tendrán reflejo en las distintas penalizaciones que, a continuación, se enumerarán.
Se distinguirá, además, la misma clasificación de faltas para las Normas de Obligado Cumplimiento, aunque tendrán distintas penalizaciones.
 
ARTICULO 25. FALTAS RELATIVAS AL C.O.A.C.
 
                Antes de ser publicado el veredicto en cada una de las fases, los representantes legales podrán reclamar sobre supuestas infracciones.                       
En este supuesto, o por observación del propio Jurado de alguna posible infracción, se reunirá el Jurado, a instancias del Presidente, para estudiar y pronunciarse sobre las mismas, aplicando el siguiente cuadro de faltas.
 
25.1   FALTAS LEVES: Se penalizarán restando hasta un máximo del 50% de la puntuación total obtenida por la agrupación. Será considerada falta leve la acción de sobrepasar el límite establecido para cada actuación, y se penalizará con un 10% de la puntuación por cada minuto o fracción que supere los veintiocho   permitidos.
25.2    Se considerará falta leve si el Jurado observara que algún componente de la agrupación está leyendo parte del repertorio y se penalizará con el 10% de la puntuación.
 
25.3   FALTAS GRAVES: Se penalizarán con la descalificación de la agrupación.
Serán consideradas faltas graves las siguientes:
-El incumplimiento, en modo y forma, de cualquiera de las normas relacionadas en los artículos 2, 3, 4 y 5.
-El incumplimiento del artículo 7.
-El incumplimiento por parte del representante legal de la agrupación del artículo 8.2.
 
25.4   FALTAS MUY GRAVES: Se penalizarán con la prohibición de participar en el COAC en el año posterior al que se concurra a la totalidad de miembros de la agrupación.
Será considerada falta muy grave aquella que, en voz del Jurado, haya incidido en el normal desarrollo del COAC y que afecte de forma notoria a cualquier aspecto cívico o legal en el desarrollo del mismo.
 
Cualquier falta imputada a una agrupación será comunicada al término de cada sesión al representante
legal del grupo afectado, que tendrá de plazo hasta el inicio de la sesión siguiente para recurrir la falta (excepción hecha de la final, en la que el plazo solo será de quince minutos). Asimismo, se harán públicas dichas faltas en la sesión inmediatamente posterior a la que tenga lugar, mediante los cauces que la FCCM estime oportunos.
 
 
 
 
 
 
ARTICULO 26. FALTAS RELATIVAS A LAS NORMAS DE OBLIGADO
   CUMPLIMIENTO.
 
                Durante el desarrollo de las fiestas de Carnaval, la FCCM exigirá a las agrupaciones participantes en el COAC el cumplimiento de las llamadas Normas de Obligado Cumplimiento, que serán entregadas al representante legal de la agrupación en el momento de solicitar la inscripción. Se entenderá que la agrupación que se inscribe acepta la totalidad de estas bases y, en consecuencia, las citadas normas.
                En caso de incumplimiento, la FCCM penalizará a la agrupación, a través de los órganos de seguimiento que estime oportunos, según el mismo sistema de faltas que rige el artículo 25.
 
26.1   FALTAS LEVES: serán penalizadas con un 25% de descuento sobre el total de percepciones a las que tenga derecho la agrupación en conceptos de subvenciones o premios. Dichas faltas se considerarán como graves si el grupo al que se le impute es uno de los que hayan obtenido premio en el COAC.
Serán consideradas faltas leves las siguientes:
-          Acudir a cualquier acto recogido en las normas como obligatorio con menos del 90% de personal inscrito en el COAC dentro de cada agrupación.
-          La falta de puntualidad en el comienzo de los actos
-      Alterar el orden establecido en las interpretaciones.
 
26.2   FALTAS GRAVES: se penalizarán con un 50% de descuento sobre el total de percepciones a las que tenga derecho la agrupación en conceptos de subvenciones o premios. Dichas faltas se considerarán como muy graves si el grupo o modalidad al que se le impute es uno de los que hayan obtenido premio en el COAC.
Serán consideras faltas graves:
- Presentarse con más de 10 minutos de retraso sobre la hora establecida en cualquier acto.
                                               - Alterar el programa establecido.
- Faltar a escenarios o actos calificados como no oficiales pero que tengan carácter obligatorio.
                                               - La acumulación de dos faltas leves.
 
               
26.3   FALTAS MUY GRAVES: se penalizarán con un 100% de descuento sobre el total de percepciones a las que tenga derecho la agrupación en conceptos de subvenciones o premios. Dichas faltas tendrán la penalización reglada en el artículo 25.3 si el grupo o modalidad al que se le impute es uno de los que hayan obtenido premio en el COAC.
 
 
Serán consideradas como faltas muy graves las siguientes:
- Incomparecencia.
- Presentarse con un retraso de más de diez minutos sobre el horario fijado, con, al menos, el 90 % de la agrupación, en los desfiles establecidos.
- Incidir en el normal desarrollo del programa de las fiestas y/o afectar de forma notoria a cualquier aspecto cívico o legal en el desarrollo del mismo (disturbios, peleas, falta de decoro, etc.)
- La acumulación de dos faltas graves.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
DECIMO TERCERO APARTADO: LA FUNDACION CIUDADANA DEL CARNAVAL DE MALAGA
 
ARTICULO 27. SOBRE LA MISMA.
 
                La FCCM, a través de su órgano ejecutivo, tendrá las siguientes competencias y funciones:
 
27.1Velará por el cumplimiento de la presente normativa.
 
27.2 Sancionará a cualquiera que actúe como persona física e individual (independientemente de que pertenezca o no a cualquier colectivo participante en el COAC) e incida en el normal desarrollo del programa de las fiestas y/o afecte de forma notoria a cualquier aspecto cívico o legal en el desarrollo del mismo (disturbios, peleas, falta de decoro, insultos o falta de respeto hacia los miembros del jurado, miembros de esta Fundación o a dicha Fundación como Entidad etc.).
 
Dicha sanción constará de dos partes:
- La retirada inmediata del sancionado del acto en el que tengan lugar los hechos.
- La prohibición de comparecer en el COAC, en cualquiera de sus facetas, durante un periodo de uno a cinco años, según se juzgue la gravedad de los hechos.
 
27.3  Se hará parte oyente en cualquier reclamación que suponga una vulneración a este texto.
 
27.4 Realizará la pre-inscripción e inscripción de las agrupaciones.
 
27.5 Reconocerá la figura del representante legal de cada agrupación.
 
27.6 Fijará y hará público el oportuno calendario de festejos, en base a los siguientes criterios:
- Recinto teatral de celebración del COAC.
- Premios, subvenciones y partidas compensatorias de gastos a conceder.
- Apertura y cierre del registro de inscripciones.
- Fecha del sorteo -
-Formación oficial del Jurado.
-          Orden de actuaciones y programa de sesiones del COAC.
 
 
 
27.7 Reconocerá la figura del Autor de cada agrupación. Serán reconocidos un máximo de dos autores por agrupación (música y letra), entendiendo que, de concurrir más, la agrupación tendrá autoría colectiva. La acreditación como Autor será cotejada con la AACM, y será personal e intransferible.
 
27.8 Esta Fundación se reserva el derecho de distribuir o reproducir, todo cuanto acontece en dichos concursos (videográfico , o fonográfico ) siempre que esto sea necesario para el impulso de los objetivos socioculturales que fomenta esta Fundación
 
 
 
NORMAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO
CARNAVAL DE MÁLAGA 2007
 
A través de las presentes normas que a continuación se reseñan la Fundación Ciudadana del Carnaval de Málaga, pone en conocimiento de toda aquella persona que desee participar en cualquiera de los actos y concursos que esta Fundación organiza que: “ Estas normas, aprobadas en pleno, han sido elaboradas para conseguir engrandecer y mejorar el Carnaval Malagueño y puesto que voluntariamente se participa en él, cooperar y no perturbar el desarrollo del mismo es obra de todos. El incumplimiento de estas normas conllevará una serie de penalizaciones que van desde la suspención del premio, prohibición de no participar en sucesivas e incluso a la declaración de “persona non grata” en esta Fundación.
NORMAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO para grupos de canto, desfile, dioses, principes y dioses infantiles y drag Queen  
1) Respetar los plazos de inscripción, fechas de entregas, bases y horarios que se entregan en estas normas.
2) El nombre de la agrupación o individuo será definitivo a partir de su inscripción en el plazo reglamentario e improrrogable.
3) Es fundamental la asistencia a las reuniones convocadas por esta Fundación, donde se informará a los participantes de sus derechos, obligaciones y posibles modificaciones de última hora. En estas reuniones será obligatorio que los asistentes mantengan las normas de educación y respeto mínimas para con los miembros de grupos e individuos participantes así como para con los miembros de la Fundación, evitando el insulto y las agresiones en las instalaciones donde se desarrollen las reuniones.
4) El sorteo de las diferentes modalidades, se desarrollara como viene siendo habitual, con cabezas de serie por día y orden de actuación correspondiente, tanto en preliminares como en las semifinales. El orden de la final se decidirá por sorteo (solo podrá asistir al sorteo el representante legal).
5) No tendrá acceso al lugar de concurso, aún habiendo entrado en sorteo, toda aquella persona o grupo que no esté incluida en la relación de acceso al escenario que será entregado por el representante legal junto con las letras una hora antes de cada actuación irán acompañado del DNI para presentarlo a la entrada y que coincida con el reseñado en la hoja de acceso, en la relación deberán incluir las 3 personas que tengan asignadas para maquillaje, estas personas no pondrán entrar a escenario
 
6) En caso de existir cambio de algún componente del grupo se comunicará en la sede de esta Fundación al menos con 72 horas antes del comienzo del concurso.
7) Ningún grupo podrá usar el patio butaca para entrar o salir del escenario. Una vez terminada la actuación, el grupo desalojará el camerino designado para que otro grupo lo ocupe, saliendo del recinto obligatoriamente en un plazo máximo de 20 minutos.
No se aceptara en los escenarios ninguna clase de propaganda que no este adherida a los parches de bombo y caja de cada agrupación el incumplimiento de esta norma se penalizara con falta grave  
8) El responsable legal de cada grupo de hará cargo de música, luces, subida y bajada de telón. Esta persona deberá ir acreditada para tal fin
9) El fallo del jurado será INAPELABLE. Así como las posibles faltas imputadas en el transcurso de la final
10) Bajo ningún concepto el jurado de los diferentes concursos que esta Fundación organice será molestado por ningún participante.
11) La F.C.C.M comunicara a todas las agrupaciones de canto desfile Dioses Príncipes y Dioses infantiles el día, hora y lugar su participación en los distintos actos de carnaval.
12) Si por causas de fuerza mayor la Fundación modificará alguno de los actos programados (Pregón, Desfile, Carnaval en las calles o Entierro del Boquerón, etc.) se comunicará telefónicamente al representante legal de cada grupo o dioses y se difundirá la nueva fecha por los medios de comunicación locales. También se informará de la nueva fecha en el contestador automático de la Fundación (952350809).
13) Las agrupaciones inscritas en el apartado de provinciales recibirán una subvención por desplazamientos a preliminares, así como a semifinales y finales en el caso de acceder a ellas. Las agrupaciones finalistas, recibirán también esta subvención por desplazamiento para asistir a los actos que designe la Fundación, en todos los casos la subvención no superaría a un máximo de 100 Km
14) Los grupos de canto, de desfile y dioses deben ser considerados con las instalaciones y recintos donde se desarrollan las actividades del Carnaval. La puntualidad en los actos de calle, la cooperación en el ritmo de los desfiles y la no-interrupción de los mismos deben también ser respetados. Incurriendo en Falta Grave el incumplimiento de esta norma Es importante para el lucimiento de las agrupaciones en los desfiles que los acompañantes vayan con el mismo disfraz de la agrupación si no deberán permanecer fuera del mismo
15) Todos los grupos de desfile, Dioses, príncipes, drag queen recibirán una subvención (si la hubiere). Se debe tener en cuenta que en todos los actos deben estar con el disfraz completo salvo por motivos de fuerza mayor, debiendo en este último caso comunicarse a la junta directiva de la Fundación.
Cualquier agrupación o persona que no participe en el concurso en cualquier modalidad y desee participar de forma oficiosa en los actos programados en la calle deberá aceptar las normas de obligado a cumplimiento informando con antelación a esta fundación con objeto de incluida en la relación de asistencia y orden de actuaciones no aceptase esta norma no podrá asistir a ningún acto hasta que no termine la programación oficial.
A la agrupación que desee participar de forma oficiosa esta fundación se reserva la opción de subvencionarla o no si así lo hiciere no podrá hacer más de la mitad que le correspondiera a las agrupaciones o personas oficiales.
16) Las agrupaciones o participantes que no cumplan con todos los puntos expuestos en estas normas podrán ser penalizados tal como se recogen en él articulo, 24, 25 y 26 de las normas y bases del concurso, la penalización se haría extensiva al director y a todos los miembros del grupo y en el caso de los dioses y diosas se haría extensivo al diseñador y demás colaboradores.
17) En todos los actos organizados por la Fundación figurará un responsable de la misma, al que deberán dirigirse ante cualquier anomalía o incidente en el desarrollo de dichos actos.
18) La inscripción en cualquiera de los concursos organizados por esta Fundación conlleva la aceptación de sus normas y bases. Por lo tanto todo aquel que faltase verbal o gráficamente a algún miembro de esta Fundación será penalizado, previo acuerdo de la Junta de gobierno.
19) El Carnaval de Málaga es prioritario ante cualquier otro Carnaval organizado en la provincia. Esta Fundación debe ajustarse a una programación y los municipios que deseen consultar y ajustar su programa al nuestro, para bien de los participantes, pueden hacerlo
Disposición transitoria Nº 1: En el caso especifico de la elección de Dioses y teniendo en cuenta los hechos acaecidos en los últimos años (con acusaciones infundadas a miembros del jurado y la Fundación), la junta directiva se plantearía la posibilidad de no celebrar dicho concurso. En este caso la cuantía de los premios y subvenciones se emplearía en encargar a prestigiosos diseñadores de nuestra ciudad y provincia los trajes del Dios Momo y la Diosa del Carnaval, del mismo modo en que se vienen realizando los encargos del cartel anunciador del Carnaval y del diseño del Boquerón.
  
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
PROGRAMA PARA EL CARNAVAL DEL AÑO 2007
 
LA FCCM CELEBRARA UN CONCURSO DE PARTICIPACION, DONDE SE PODRAN INSCRIBIR TODAS LAS AGRUPACIONES OFICIALES Y NO OFICILES EXCEPTO LAS QUE QUEDEN FINALISTAS EN EL C.O.C.A.
EL CONCURSO SE CELEBRARA EN EL RECINTO DE CARNAVAL, EN LOS ESCENARIOS UBICADOS PARA TAL FIN
 
v      PLAZO DE INSCRIPCIÓN GRUPOS DE CANTO: HASTA EL 15 DE DICIEMBRE DE 2006 A LAS 22`30 HORAS
 
v      PLAZO DE INSCRIPCIÓN GRUPOS DESFILE :     HASTA EL 10 DE ENERO DE 2007 A LAS 22`30 HORAS
 
v      PLAZO DE INSCRIPCIÓN DIOSES Y DIOSAS :    HASTA EL 10 DE ENERO DE 2007 A LAS 22`30 HORAS
 
v      PLAZO DE INSCRIPCIÓN DRAG QUEEN:    HASTA EL 10 DE ENERO DE 2007 A LAS 22`30 HORAS
 
v      SORTEO DE AGRUPACIONES DE CANTO:
v      28 DE DICIEMBRE DEL 2006 A LAS 20,00 HORAS
 
v      PRELIMINARES: DEL 29 DE ENERO AL 02 DE FEBRERO A LAS 21,30 H.
 
v      SEMIFINALES: DEL 04 AL 07 DE FEBRERO A LAS 21`30 H.
 
v      FINAL DEL CONCURSO: EL 09 DE FEBRERO A LAS 21,30 H.
 
v      ELECCION DE DIOSES INFANTILES Y PRINCIPES  EL DIA 10 DE FEBRERO A LAS 17,00 HORAS
v      PREGÓN Y ELECCION DE DIOSES Y DIOSAS:   EL 10 DE FEBRERO A LAS             21,00 HORAS      
 
v      FESTIVAL DEL MAYOR (TEATRO CERVANTES)            DIA 10 A LAS 18 HORAS                                               
v      FESTIVAL INTERGENERACIONAL EN PLAZA DE LA MERCED: EL 11 DE FEBRERO A LAS 12,00 HORAS
 
v      DESFILE:   EL 11 DE FEBRERO A LAS 18 H.
 
v      CARNAVAL DE CALLE C/ LARIOS: DEL 16 AL 18 DE FEBRERO   A LAS 21,00 H
 
v      DIA 17 DE FEBRERO (ALAMEDA PRINCIPAL): BATALLA DE FLORES A LAS 20,00 HORAS
 
v      DOMINGO DE PIÑATA Y BOQUERONA: DIA 18 DE FEBRERO EN C/ LARIOS A PARTIR DE LAS 12,00 HORAS
 
v      ENTIERRO DEL BOQUERÓN: EL DIA 18 DE FEBRERO A LAS 18 HORAS
 
BERZA CARNAVALEZCA EL DIA 21 DE ENERO
 
 
POTAJE PERCHELERO EL DIA 4 DE FEBRERO
 
FIESTA CARNAVAL PALMA-PALMILLA DIA 19 DE FEB. A LAS 12,00 H
 
 
    EL MATASUEGRAS (SAN ANDRES) DIA 28 DE FEB. HASTAS LAS 12,00H
 
QUEDAN PENDIENTES ACTOS POR CONFIRMAR
 
 
 
 

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